Octubre
2025
Sentencia de la Sala de lo Social del TSJCV que reconoce por primera vez a una abuela el complemento por brecha de género por el cuidado de su nieta - 13 de Octubre 2025
En una reciente sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana se ha reconocido por primera vez a una mujer jubilada el derecho a percibir el complemento por brecha de género en su pensión por el cuidado de su nieta, a la que tuvo durante años en acogimiento familiar.
Esta sentencia revoca la sentencia de primera instancia de un juzgado de lo Social de Elche que desestimó inicialmente la demanda.
Dicho complemento se regula actualmente en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social y , en el presente caso, la recurrrente, que ya percibía dos complementos por sus hijos, solicitó un complemento adicional por su nieta alegando que su situación debía equipararse a la filiación biológica o adoptiva.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana destaca que la demandante cuidó de su nieta desde 1995 hasta su jubilación en 2021 y los magistrados recalcan que el derecho al complemento " no está supeditado al hecho biológico, sino al cuidado efectivo de los hijos ". Se destaca de la sentencia que marcará un antes y un después pues con ella se evitan situaciones discriminatorias para equiparar el acogimiento permanente de descendientes a la adopción ya que en el acogimiento familiar permanente de descendientes no está permitida la adopción.
En todo caso, esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia no es firme y puede aún ser recurrida mediante recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, Sala Cuarta.